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Regulaciones en Colombia sobre la instalación de desfibriladores DEA en espacios públicos

En Colombia, la prevención de la muerte súbita cardíaca es un tema cada vez más relevante para las autoridades de salud, las empresas y la ciudadanía. Desde hace algunos años, el país cuenta con una normativa que regula y promueve la instalación de desfibriladores externos automáticos (DEA) en espacios públicos y privados de alta concurrencia.

A continuación, te contamos qué dice la ley y por qué es importante cumplir con esta obligación.


La Ley 1831 de 2017: un paso hacia la cardioprotección

La Ley 1831 de 2017, también conocida como la Ley de desfibriladores, establece las normas para la instalación y uso de DEA en Colombia.
Su objetivo es reducir la mortalidad por paro cardíaco súbito facilitando el acceso a estos equipos en lugares donde se concentran grandes cantidades de personas.


¿Qué exige la Ley 1831 de 2017?

La ley indica que deben contar con desfibriladores DEA los siguientes lugares:

  • Centros comerciales
  • Aeropuertos y terminales de transporte
  • Estadios y escenarios deportivos
  • Entidades públicas y privadas con alta afluencia de personas
  • Empresas con más de 50 empleados
  • Centros educativos y universidades

Responsabilidades según la ley

Los propietarios o administradores de estos espacios deben:

  1. Adquirir e instalar un DEA accesible y visible.
  2. Contar con un gabinete protector que garantice el buen estado del equipo y facilite su ubicación rápida.
  3. Formar personal en primeros auxilios y uso del DEA.
  4. Implementar un protocolo de atención de emergencias cardíacas.

¿Quién puede usar un DEA en Colombia?

Según la ley, cualquier persona puede usar un DEA en caso de emergencia, ya que estos dispositivos son de uso intuitivo y guían al usuario mediante instrucciones de voz y señales visuales.

Además, la normativa otorga protección legal a quien actúe de buena fe utilizando un DEA para salvar una vida.


Reglamento técnico: Resolución 3316 de 2019

La Resolución 3316 de 2019 del Ministerio de Salud complementa la Ley 1831. Esta resolución define aspectos técnicos como:

  • Especificaciones del DEA y su mantenimiento
  • Señalización adecuada de los equipos
  • Procedimiento de reporte de eventos al CRUE (Centro Regulador de Urgencias y Emergencias)
  • Capacitación mínima requerida

Beneficios de cumplir con la normativa

Cumplir con estas regulaciones no es solo una obligación legal, sino también un compromiso con la seguridad y el bienestar de las personas. Las principales ventajas son:

  • Salvar vidas ante un paro cardíaco súbito.
  • Reducir riesgos legales por omisión de medidas de prevención.
  • Generar confianza en clientes, empleados y visitantes.
  • Aumentar la cultura de prevención y respuesta en emergencias.

Conclusión

En Colombia, tener un desfibrilador DEA accesible en lugares públicos y empresas no es opcional, es ley.
La cardioprotección es una responsabilidad colectiva, y contar con los equipos y gabinetes adecuados es el primer paso para proteger la vida.

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